RaulyGloria.Net » DAOT 2011 se Presentaria a partir del 27 Febrero 2012

DAOT 2011 se presentaría a partir del 27 febrero 2012

DAOT 2011 se presentaría a partir del 27 febrero 2012
Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2011 siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
a). El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT. (S/. 270,000 Nuevos soles)
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N° 621, en la casilla N° 100 del Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N° 100 del Formulario N° 119- Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 100 y 105 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.
b). El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT.
Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentarla DAOT correspondiente al ejercicio 2011 siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
a). El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT.
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N° 621, en la casilla N° 100 del Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N° 100 del Formulario N° 119- Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 100 y 105 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.
b). El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) UIT.
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV – Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621, en la casilla N° 107 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV –Renta Mensual, en la casilla Nº 107 del Formulario N° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 107 y 111 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.
Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N° 3500 – versión 3.3.
La UITa considerar será la vigente durante el ejercicio 2011.
Omisos a la presentación
Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente Resolución, se encuentren omisos a la presentación de la declaración correspondiente a ejercicios anteriores al 2011, deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual Nº 3500- versión 3.3., no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT; la que se efectuará según lo señalado en el artículo 10° del Reglamento.
Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias que correspondan a los ejercicios indicados.

Para recibir orientación personalizada no dude acercarse a nuestra oficina o llámenos al Telef.:5740714 ..........Cel.: 999087738 Nextel.:606*6725 Email. Glorialuz844@hotmail.com

Comentarios

IMPORTANTE: Los comentarios aquí publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.